Martina

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Infografía sobre el caso de Martina, que se explica a continuación. Descripción completa disponible para descarga.

Explicación

Martina dio a luz a una niña. La Dirección General del Registro Civil (DGREC) establece que en el caso de niñas y adolescentes que dan a luz, hay requisitos adicionales para registrar a sus hijxs, lo que incluye:estar acompañada de padre o madre o acompañada de dos testigos (resolución 645/2010 de la Dirección General del Registro del Estado Civil). En el caso de Martina, desde el hecho, ha tenido poco contacto con la madre,quien no ha mostrado ninguna voluntad de cuidar de Martina y su hija. El hecho de la ausencia paterna y la casi ausencia materna agregó una complicación adicional para el registro de la hija de Martina.

Por otra parte, los tíos de Martina temen fungir como testigos y tienen motivos para no hacerlo. Durante el proceso penal del padre de Martina, ella fue consultada y expresó que prefiere vivir con sus tíos, con quienes se encuentra desde entonces. Sin embargo, luego de culminado el proceso penal, el Estado no hizo ningún seguimiento para garantizar esta guarda legal, de acuerdo con lo que establece el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA, artículo 106). Por su parte, sus tíos no cuentan con los recursos suficientes para impulsar un proceso de regularización de la guarda legal de Martina.

Por último, también hay un tema vinculado a la patria potestad. Por un lado, la prohibición casi total del aborto tiene como consecuencia que las niña sólo tienen la opción de dar a luz. Es decir, el Estado les obliga a parir, pero no brinda condiciones para que puedan ejercer la maternidad. Por otro lado, el Código Civil establece que una persona menor de 14 años no tiene capacidad legal para ejercer la patria potestad, la cual sólo se adquiere con la mayoría de edad a los 18 años (artículos 36 al 39). En la práctica, la guarda de hijxs de niñas y adolescentes que son madres recae en padres, madres (es decir los abuelos del recién nacidx) u otra persona adulta de la familia. Es decir, existe una incongruencia en obligar a parir a niñas y adolescentes que no cuentan con ninguna potestad legal sobre sus hijxs.

En Paraguay, la emancipación se da por matrimonio -y no por maternidad- y permite que personas desde los 16 años se emancipen. Es necesario explorar alternativas que, aunque no impliquen emancipación, permitan que las niñas o adolescentes que son madres tengan voz en la crianza de sus hijxs. Es injusto que el Estado considere que son aptas para parir y no para tomar decisiones sobre la crianza.

Casos como el de Martina, en los que las niñas y adolescentes que son madres se enfrentan a múltiples barreras para la inscripción de sus hijxs, son comunes en varios países de la región. Por esto, en muchos casos los y las mismas funcionarias públicas sugieren a las niñas y adolescentes -y en otros casos ellas mismas así lo deciden- esperar a cumplir la mayoría de edad para hacer la inscripción legal. Es decir, se ha vuelto común que niñxs sean registrados algunos años después de su nacimiento, a veces hasta cumplidos los 8 años de edad. Previo a ese registro, son niñxs que no existen para los Estados y como tal no pueden acceder a ningún servicio público.

Recomendaciones

 

  • En relación a la guarda legal, en casos como este el Estado debe garantizar la regularización de la guarda legal de niñas y adolescentes. De esta forma, se evita poner una carga desproporcionada a las familias para impulsar los proceso en instancias judiciales y evitando también futuras complicaciones como en casos similares al de Martina.
  • En los casos de las niñas y adolescentes madres, debe establecerse un mecanismo que facilite y permita que el registro se haga inmediatamente después del nacimiento. Mantener el sistema actual, sin medidas que faciliten el proceso acarrea una carga desproporcionada a las niñas y adolescentes que son madres y a sus familias.
  • Es necesario generar mecanismos para que las niñas y adolescentes que son madres puedan registrar a sus hijxs sin requisitos adicionales y sin barreras que dificulten el proceso.

 

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La campaña Injusta Justicia busca plantear la reflexión sobre los límites del derecho penal y el punitivismo como estrategia de defensa de los derechos sexuales y reproductivos, principalmente de adolescentes. Entre otras, la campaña busca poner la atención sobre las consecuencias no previstas de la aplicación irrestricta de normas penales y cómo esto impacta en la vida y autonomía de adolescentes. En ese sentido, Injusta Justicia no tiene todas las respuestas ni pretende tenerlas, sino busca generar el debate y tener las discusiones que necesitamos como feministas para proponer estrategias y alternativas transformadoras centradas en las sobrevivientes. Te invitamos a formar parte de estos diálogos.

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