Punitivismo y militarización en tiempos de cuarentena en Paraguay

Publicado por Andrea Paola, on 23 Marzo de 2020
En este blog Mirta Moragas Mereles analiza cómo las medidas de prevención sanitaria contra la expansión del COVID-19 en Paraguay están reforzadas por el punitivismo y lo que esta estrategia muestra sobre los desafíos para la sociedad paraguaya.

Mirta Moragas Mereles[1]

Paraguay tuvo la dictadura militar más larga de América Latina (1954-1989), que se valió de un permanente estado de excepción (amparada en las Constituciones de 1940 y de 1967) y de un dispositivo de control social que entre otras estrategias creó una red de espías o “pyragues”[2] donde cualquier persona, incluso las o los vecinos informaban a la policía de los pasos de las personas opositoras al régimen. El archivo de la dictadura guarda muchos informes donde se hablaba incluso de las músicas que se escuchaban en los cumpleaños y de otras actividades que hoy podrían parecer superficiales o irrelevantes. Así, quienes nacimos en dictadura o al menos en los últimos años, recordamos epidérmicamente la sensación del miedo,  la prohibición de circulación, las sensaciones relacionadas con tener militares o policías en las calles controlando nuestros pasos. 

La irrupción de la pandemia del COVID-19 hizo que en Paraguay se tomaran medidas sanitarias de prevención apenas se conocieron los primeros casos, asumiendo la incapacidad de nuestro sistema de salud de absorber adecuadamente la aparición de tantos casos a la vez. Estas medidas han sido consideradas correctas y prudentes, en términos sanitarios, pero que evidenciaron una falta de respuestas sociales y económicas para dar contención eficaz para la población, que en Paraguay en su mayoría vive del empleo informal e incluso quienes tienen trabajos formales no cuentan con las garantías y derechos (seguridad social, por ejemplo). Es decir la posibilidad real de acatar las medidas sanitarias, depende de un trabajo interministerial, que proporcione soluciones reales no solo en materia sanitaria.  Y la realidad nos muestra un estado nacional, departamental y municipal, debilitado por los años de baja inversión social y corrupción.

En este contexto, algo preocupante es que estas medidas sanitarias han sido “reforzadas” con medidas punitivistas y en cierto sentido excesivas o que se prestan a excesos por parte de las fuerzas públicas y que refuerzan, sin dudas, el imaginario de que son las medidas punitivas las que únicas que proveen el "orden" , y frente a una población con miedo, es el miedo a la cárcel y la intervención policial, incluso militar, las que pretenden proporcionar racionalidad. El día 16 de marzo, mediante Resolución 3456/20, se declaró “emergencia sanitaria” en los términos del Código Sanitario y se estableció una restricción de circulación de 20.00hs a 04.00  (como si el virus tuviese una circulación selectiva en la noche), medida criticada por la reminiscencia a tiempos dictatoriales donde la circulación estaba controlada desde el Estado. El incumplimiento abría la posibilidad de la aplicación de multas por parte del Ministerio de Salud Pública y Bienestar social (MSPBS) mediante sumarios administrativos. Se desconoce hasta este momento si se ha abierto o no algún sumario. Adicionalmente, la resistencia por medios violentos al cumplimiento de la medida, abría la posibilidad de la aplicación del tipo penal de “resistencia” (art. 296 del Código Penal, ley 1160/97)[3], castigable con pena privativa de libertad o multa. El día 17 de marzo, mediante Resolución 99/20 del MSPBS, se declaró “cuarentena sanitaria”, que además de lo anterior, habilitó la aplicación de la ley 716/96 que en su artículo 10 penaliza el incumplimiento de cuarentena sanitaria con multas o penas privativas de libertad.[4] El día 20 de marzo se extendió la restricción de circulación a toda hora por una semana, del 21 al 28 de marzo, y se estableció una lista de excepciones que comprenden la prestación servicios considerados básicos y la compra de alimentos y medicamentos (Resolución 3478/20 del MSPBS). 

Ante las denuncias públicas de incumplimiento de la medida (no solamente por personas que no tienen la posibilidad de quedarse en su casa porque sus condiciones materiales no le permiten hacerlo, sino por personas que simplemente no quieren cumplirlas), lo que ha hecho el gobierno es elevar la apuesta punitivista. Los primeros días de la comunicación fue manejada por el Ministro de Salud, Julio Mazzoleni, que transmitía calma, mensajes claros, explicaciones precisas y que de forma positiva llamaban a la comprensión. Posteriormente aparece en escena el Ministro del Interior Euclides Acevedo, que solamente aportó amenazas, castigos e imprecisiones, en tiempos de angustia en que es indispensable que el gobierno transmita confianza y calma, no lo contrario. Con tono autoritario hizo paralelismos con las restricciones de circulación en la dictadura y ante la pregunta sobre los casos de violencia hacia las mujeres no tuvo mejor idea que acotar que “las mujeres también le pegan a los hombres”, ante la ausencia del Ministerio de la Mujer en la conferencia de prensa, y desconociendo que existe un aumento considerable de casos de violencia porque las mujeres están “encerradas” en sus casas con sus agresores. 

Las crisis son momentos en los que afloran, socialmente, elementos culturales profundos. Nuestra sociedad todavía carga la pesada herencia de los años de dictadura, y no debemos olvidar que nuestro presidente proviene de una familia que fue parte del primer anillo de Stroessner, pues el padre de Mario Abdo Benítez, fue, nada menos, que el secretario privado del dictador. Así, como una expresión del sentir colectivo, circulan memes recordando lo orgulloso que estaría el padre del Presidente Mario Abdo Benítez, con las medidas de no aglomeración, y otros con la imágenes de la “Caperucita”, vehículo policial utilizado en la dictadura en los arrestos y redadas; además como sociedad aún tenemos mucha desconfianza de la colectividad y la comunidad (comentarios del tipo  “yo voy a cumplir las medidas pero no sé si el resto lo hará”), nos muestran lo mucho que necesitamos sanar todavía como sociedad para reconstruir nuestro tejido social. 

El otro aspecto -también vinculado a lo cultural- es que frente a la insuficiente  respuesta estatal y en el marco de incertidumbre y miedo que está viviendo la ciudadanía, se sigue considerando al punitivismo, al “shake” y al miedo como las mejores estrategias de cuidado a la población y -de paso- de disciplinamiento social. Todavía sigue siendo nuestra gran respuesta, y eso preocupa. Por eso necesitamos seguir reflexionando sobre el punitivismo como estrategia de respuesta a problemas sociales, incluso a problemáticas que necesitan una respuesta estatal, como la pandemia o la violencia. 

Me pregunto a quiénes “seleccionará” el sistema punitivo para castigar los incumplimientos de la cuarentena, porque no seamos ingenuos/as, el punitivismo siempre recae sobre algunos.  ¿Será a la familia que sale a pasearse en camioneta porque “se aburre”? O ¿Será la familia que sale a la calle porque quedarse en su casa significa no tener alimento para el día?  Como esto es bastante predecible, seguramente las mismas personas seguirán siendo perseguidas por un sistema penal que siempre ha sido clasista, machista y discriminador. Ojalá me equivoque.


Mirta Moragas Mereles I Twitter: @michimoragas

Abogada y activista feminista. Master en estudios legales internacionales con especialización en género y derechos humanos por la American University Washington College of Law. Integra Las Ramonas, Vecinas Feministas por la Justicia Sexual y Reproductiva en América Latina y RESURJ. 

 

(1)  Agradezco a Natalia Ferreira la lectura crítica y aportes a esta reflexión. 
(2)  “Pyrague” es una palabra guaraní que textualmente significa “pies con pelos” que hace alusión al hecho de que en la guerra contra la Triple Alianza (Argentina, Brasil y Uruguay que duró de 1864 a 1870) se hacían botas de piel o pelos de animal para que no se escuchara el ruido de los pasos. En época dictatorial hacía alusión a la sigilosidad con la que se movían los espías en la dictadura. 
(3) Artículo 296.- Resistencia. 1o El que, mediante fuerza o amenaza de fuerza, resistiera o agrediera físicamente a un funcionario u otra persona encargada oficialmente de ejecutar leyes, decretos, sentencias, disposiciones judiciales o resoluciones, y estuviese actuando en el ejercicio de sus funciones, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa. 2o Cuando el autor u otro participante realizara el hecho portando armas u ocasionara a la víctima lesiones graves o la pusiera en peligro de muerte, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta cinco años.
(4)  Artículo 10.- Serán sancionados con penitenciaría de seis a dieciocho meses y multa de 100 (cien) a 500 (quinientos) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas:
b) Los que violen las vedas, pausas ecológicas o cuarentenas sanitarias