Gabriela

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Infográfico del caso de Gabriela que se explica a continuación. Descripción completa disponible.

Explicación

Los derechos sexuales y reproductivos de Gabriela fueron doblemente violentados. Primero, el personal de salud pública se negó a hacerle un aborto a Gabriela a pesar de que en Argentina esta práctica es legal si el embarazo es resultado de una violación (de acuerdo a la causal de aborto en el artículo 86 del Código Penal de la Nación). El personal médico, para realizar el aborto, solicitó a la madre de Gabriela una orden judicial; pese a que, como ha dejado en claro la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la ley no exige autorización judicial como requisito para acceder a esta práctica. Cuando la madre de Gabriela acudió a la Corte para solicitar que se realizara el aborto -el cual fue autorizado y realizado- los derechos de la joven volvieron a ser violentados cuando la jueza determinó que, además del aborto, era necesario realizarle una esterilización.

La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD) establece que los Estados deben garantizar la voluntad y libre autodeterminación de las personas con discapacidad; además de proteger su derecho a mantener su fertilidad en igualdad de condiciones con las demás. De esta manera, los Estados deben garantizar que las personas con discapacidad no sean esterilizadas sin su consentimiento y/o con el consentimiento de una tercera persona.

En este caso, ni el personal médico, ni los operadores de justicia consultaron a Gabriela cuál era su voluntad. Éstos, junto con su madre -quien participa en esta decisión, probablemente desde la buena fe y con buenas intenciones- decidieron que lo mejor para Gabriela era, en efecto, esterilizarla. Esto pone en evidencia que, con frecuencia, los sistemas de salud y el Poder Judicial asumen la incapacidad de las personas con discapacidad para tomar decisiones sobre sus vidas y desconocen o ignoran la aplicación del marco de derechos que establece la CDPD; generando serias vulneraciones a los derechos de las personas con discapacidad.

La práctica de esterilizar a adolescentes y mujeres con discapacidad sin consultarles es común en toda la región y, en muchos casos, autorizada por la legislación interna de los Estados, como es el caso en Colombia, México y Ecuador. Es común que se recurra a esta práctica con la intención errada de proteger a adolescentes de violencia sexual y posibles embarazos. Sin embargo, la esterilización no previene que las adolescentes sean sexualmente abusadas. Por el contrario, en un contexto donde prevalece el prejuicio de que las personas con discapacidad nunca estarán en condiciones de criar a sus hijes por sí mismas, la esterilización es utilizada para alivianar la supuesta “carga” que -se argumenta- ya representan para sus familias. Esta práctica es, en sí misma, una grave forma de violencia contra las mujeres con discapacidad y una forma de discriminación, al reflejar y perpetuar estereotipos sobre su supuesta (in)capacidad de ejercer los roles de cuidado tradicionalmente asignados a las mujeres sin discapacidad.

Al mismo tiempo, es necesario que los Estados garanticen que las personas con discapacidad puedan acceder a los apoyos que necesiten para criar a sus hijes por sí mismas; esto es indispensable para evitar que los cuidados y requerimientos económicos no dependan únicamente de las familias. Al haber una falta de estos sistemas de apoyo en la región, las desigualdades se agudizan impactando en las posibilidades de adolescentes de tomar decisiones realmente libres sobre su vida y sexualidad.

El caso de Gabriela es un ejemplo de cómo las leyes proteccionistas, aunque puedan partir de buenas intenciones del Estado y las familias, pueden tener consecuencias desproporcionadas que impiden la autonomía de las adolescentes con discapacidad. 

Recomendaciones

 

  • Los Estados deben garantizar la voluntad y libre autodeterminación de las personas con discapacidad, de acuerdo a como lo establece la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD). Esto también implica que el todo el personal público debe ser capacitado para garantizar el derecho de las personas con discapacidad a tomar decisiones autónomas sobre su salud y su vida sexual y reproductiva.

  • Es necesario que los Estados generen sistemas de apoyo y cuidado integrales para personas con discapacidad y sus familias. Esto permitiría garantizar los derechos humanos, derechos sexuales y derechos reproductivos de adolescentes con discapacidad.

  • También se debe brindar los apoyos necesarios para que las adolescentes con discapacidad tomen decisiones de forma libre e informada. Esto debe incluir la generación de salvaguardias adecuadas que eviten que la voluntad de adolescentes con discapacidad sea sustituida por terceras personas.

  • En caso de que resulte necesario, el Estado debe adoptar medidas específicamente orientadas a garantizar que las niñas y adolescentes con discapacidad puedan ejercer plenamente su derecho adoptar decisiones autónomas, libres de toda forma de violencia, de acuerdo al artículo 5 de la CDPD. Estas medidas deben ser desarrolladas con la participación de las niñas y adolescentes con discapacidad y las organizaciones que las representan.

  • Además, el Estado debe generar e implementar sistemas de cuidado y apoyo que permitan a las personas con discapacidad criar a sus hijes en forma autónoma, sin depender del apoyo de familiares. De esta manera, las personas con discapacidad podrían estar en condiciones de tomar decisiones libres y no limitarse por la falta de medios y/o posibilidades familiares para ejercer la maternidad.

  • Es urgente que se deroguen las leyes y disposiciones jurídicas que permiten la esterilización de personas con discapacidad sin su consentimiento o con el consentimiento de otras personas.

  • Es necesario que los Estados avancen para la erradicación de estereotipos relacionados a las personas con discapacidad, como los prejuicios sobre su (in)capacidad de tomar decisiones sobre sus vidas o la creencia generalizada de que no están en condiciones de criar a sus hijes.

 

Involúcrate

La campaña Injusta Justicia busca plantear la reflexión sobre los límites del derecho penal y el punitivismo como estrategia de defensa de los derechos sexuales y reproductivos, principalmente de adolescentes. Entre otras, la campaña busca poner la atención sobre las consecuencias no previstas de la aplicación irrestricta de normas penales y cómo esto impacta en la vida y autonomía de adolescentes. En ese sentido, Injusta Justicia no tiene todas las respuestas ni pretende tenerlas, sino busca generar el debate y tener las discusiones que necesitamos como feministas para proponer estrategias y alternativas transformadoras centradas en las sobrevivientes. Te invitamos a formar parte de estos diálogos.

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